DECLARATORIA CONSEJO DIRECTIVO-28 DE MARZO

 

CONSEJO DIRECTIVO IES 9-015 VALLE DE UCO

DECLARATORIA

En sesión de Consejo Directivo del Instituto de Educación Superior Nº9-015 “Valle de Uco”,  de fecha 28 de marzo de 2018, y ante  lo informado en reunión del día 22 de marzo por la recientemente creada Coordinación de Educación Superior y lo acontecido en la reunión del 26  de marzo de 2018, solicitada por los Rectores de Institutos de Educación Superior, a dicha Coordinación, este Consejo Directivo , por decisión unánime de todos los claustros presentes, expresa, comunica y alerta sobre los siguientes aspectos   que afectan el funcionamiento del Nivel Superior:

  • Desaparición de la Dirección de Educación Superior. Teniendo en cuenta que el Gobierno Escolar incorpora la Coordinación de Educación Superior, y desaparece la Dirección de Educación Superior, el Consejo Directivo del IESVU expresa que se hace necesario conocer con precisión las regulaciones y alcances en relación a las funciones, responsabilidades, y competencias de la nueva Coordinación en referencia a los Institutos de Educación Superior, como así también  las diferencias concretas en relación a la Dirección de Educación Superior. Entendiendo que la desaparición de la Dirección implica una pérdida de institucionalidad grave que afecta el funcionamiento del Nivel Superior en la Provincia de Mendoza.
  • Modificatoria del Decreto Provincial N°476-99. Por comunicación de la Coordinadora General de Institutos Superiores Lic. Emma Cunietti en reunión de Rectores del día 22 de marzo de 2018, se da a conocer la modificación (derogación) por parte del Poder Ejecutivo Provincial, del Decreto Provincial Nro. 476/99 que regula el gobierno y funcionamiento de los Institutos de Educación Superior de la Provincia. Esta modificación no ha sido suficientemente fundamentada por parte de las autoridades educativas hasta el momento. Este Consejo Directivo, advierte que se estaría generando de manera INCONSULTA una nueva norma legal, desconociendo el valor de la experiencia y reconocimiento por parte de la comunidad educativa de los Institutos de Educación Superior, que los empoderan legítimamente en relación a la posibilidad de brindar aportes y proponer modificaciones trabajando en forma conjunta con el gobierno escolar en relación a la modificación y/o actualización de la norma que los regula.
  • Modificaciones en relación a la Autonomía Institucional. El Consejo Directivo del IESVU expresa su preocupación en relación a las líneas anunciadas por parte de la Coordinación General de Institutos de Educación Superior,  en referencia a la estructura y funcionamiento de los mismos que afectarían el  principio de Autonomía de gestión y académica, expresadas a través de:
  1. Un examen de Ingreso único para todas las ofertas educativas, tanto de formación docente como de formación técnica, cuya elaboración e implementación se encontraría a cargo de la Coordinación General de los Institutos de Educación Superior, que si bien no es eliminatorio pretende “definir una continuidad de las trayectorias”;
  2. Centralización del sistema de ingreso a la docencia;
  3. Puesta en marcha de un circuito central de validación para los trabajos propuestos desde las Jefaturas de Investigación y de Desarrollo Profesional;
  • Definición por parte de la Autoridades educativas de “carreras prioritarias”. El Consejo Directivo del IESVU expresa su preocupación en relación a la Res. Nº 1 y 2 de la Coordinación General de Educación Superior, que selecciona como “prioritarias” algunas de las carreras de formación docente y técnica, hecho que tiende a favorecer unas carreras sobre otras por medio del financiamiento de las mismas. Está decisión no expresa claramente los fundamentos para la selección e ignora el conocimiento territorial de los Institutos de Educación Superior, al no ser consultados, al desconocer  sus interrelaciones con el mundo laboral y la inserción profesional de los egresados. Entendemos que provocaría el desfinanciamiento de algunas ofertas educativas en relación a las seleccionadas como prioritarias y la apertura y cierre de ofertas educativas en relación a criterios poco claros.  Frente al pedido de ampliar esta información no ha habido respuesta por parte de la Coordinación General en relación a  la consulta respecto de los criterios que se han utilizado para decidir la prioridad, puesto que no coinciden las carreras elegidas con las necesidades detectadas en las diferentes regiones de la Provincia. También en este sentido de forma INCONSULTA se ha avanzado sobre la definición de ofertas educativas en detrimento de otras. Claramente esta definición no se corresponde con las necesidades formativas de la provincia particularmente la oferta de Educación Técnica Superior en donde se debería trabajar en un proceso consultivo con el sector en donde los egresados se insertan.
  • Continuidad de Institutos y Unidades Académicas en base al criterio del “edificio propio”. Desde la Coordinación General de Institutos Superiores se ha expresado que la posesión de un edificio propio, tanto en las Sedes Centrales como en las Unidades Académicas, será un requisito imprescindible para la continuidad de las ofertas educativas, el sostenimiento futuro de las carreras y/o la validación del crecimiento vegetativo de ofertas en procesos de apertura. El Consejo Directivo del IESVU expresa que el surgimiento de las ofertas educativas se encuentra estrechamente relacionado con las necesidades de la comunidad en la cual se inserta, y que estas ofertas educativas han demostrado ampliamente su vinculación directa con los sectores socio-productivos de las regiones donde se implementan. Y aún en contextos de crecimiento muy “desordenado” como se les atribuye, han podido brindarse en condiciones austeras  y permitir que una gran cantidad de egresados culminen sus trayectorias y que hoy trabajen, y mejoren las condiciones de vida no sólo personales sino también de las comunidades donde se insertan. Aun en condiciones precarias de funcionamiento, el IESVU ha logrado niveles de egreso altos y alto nivel de formación en sus egresados.  Además  las ofertas educativas que se brindan en  los Institutos de Educación Superior en general y las que se brindan desde el IESVU en particular se desarrollan en edificios pertenecientes a la Dirección General de Escuelas y otros organismos de gestión estatal. A lo largo de estos últimos años, todos los edificios en los cuales se dictan las ofertas educativas del IESVU, han sido mejorados en sus condiciones de infraestructura con fondos recibidos del I.N.E.T, contribuyendo no solo  a alcanzar entornos formativos adecuados a las ofertas de Nivel Superior, sino de aquellos entornos formativos de otros niveles de educación, con los cuales comparte edificio.

La restricción por parte de la Coordinación General de Institutos de Educación Superior, de las ofertas educativas dictadas en edificios compartidos,  que definiría la continuidad o no de ofertas educativas, evidenciaría el no reconocimiento de las necesidades educativas que cubren los institutos de educación superior.

Asimismo el uso de espacios compartidos por parte de los IES y otros niveles no constituye la situación ideal, pero también es cierto, que mientras se logra afianzar las ofertas educativas de Nivel Superior, el uso de infraestructura educativa subocupada por los tiempos, permite optimizar la inversión pública en esta infraestructura educativa mientras se consolidan las carreras en el territorio y las comunidades alcanzan niveles educativos cada vez más requeridos por el mundo del trabajo. Obviamente esto requiere de una política educativa provincial que verdaderamente confíe en la potencialidad y la calidad del Nivel Superior, como así también garantice el acceso al Nivel Superior de todos aquellos ciudadanos que habitan el territorio provincial.

Enunciamos que si bien la Educación Superior no es obligatoria, este Consejo Directivo entiende que sí constituye un “derecho” y por tanto una “obligación” por parte del Estado Nacional y Provincial. El Consejo Directivo del IESVU afirma  que los procesos de articulación con otros niveles educativos de la DGE, con los Municipios, Organizaciones de la Sociedad Civil,  y otras instituciones,  constituyen el medio a partir del cual la educación superior puede llegar a las poblaciones más vulnerables (por razones económicas, geográficas, etc.) y permiten la viabilidad de las ofertas educativas como clave de la construcción de un Nivel de Educación Superior que alberga a más de 40.000 estudiantes en la Provincia de Mendoza.

  • Modelo institucional que pasa de horas cátedra por asignatura y la tendencia hacia una especialización y departamentalización de los Institutos de Educación Superior, informado en reunión de Rectores, sin mayores precisiones. El Consejo Directivo del IESVU entiende que se haría referencia a una modificación en el régimen laboral de los docentes, que el gobierno escolar no ha efectuado acciones de interconsulta con los Institutos de Educación Superior, teniendo en cuenta las realidades particulares de los docentes y las institucionales, por lo cual se desconocería la trayectoria profesional y especialización de los docentes en áreas específicas, así como la especialización de las ofertas educativas.

Por todo lo expuesto, el Consejo Directivo del IESVU manifesta:

1- Que es imperioso expresar claramente las funciones y atribuciones de la Coordinación General de Institutos de Educación Superior en relación a las funciones propias del Nivel Superior, como  titulaciones, ingreso a la docencia, trayectorias estudiantiles, definición de la oferta educativa institucional y provincial, entre otros.

2- Que si bien considera importante un proceso de actualización de la normativa que regula el funcionamiento de los Institutos de Educación Superior, es fundamental que se otorgue el derecho a la participación a los propios protagonistas del Nivel como son los docentes, directivos, no docentes, estudiantes y egresados quienes han transitado y vivenciado el Nivel Superior en la Provincia de Mendoza.

3-  Que se debe  respetar  la autonomía académica y de gestión de los Institutos de Educación en lo que se refiere al ingreso de estudiantes y de docentes, y las atribuciones de las autoridades educativas institucionales y los Consejos definidas en el Decreto Nro. 476/99 .

4- Que es indispensable para mantener el sentido  la identidad y la pertinencia del Nivel Superior en la Provincia de Mendoza,  fundamentar de manera concreta y  precisa    el significado y alcance de establecer carreras prioritarias en los Institutos de Educación Superior, enunciado en la resolución N°1 y 2 de la Coordinación de General de Educación Superior del 22 de Marzo del corriente, además de conocer los estudios de diagnóstico que llevan a determinar dichas prioridades, puesto que en las Resoluciones mencionadas sólo se hace mención a antecedentes legales o normativos, dejando un vacío en cuanto al destino que seguirían las carreras no consideradas prioritarias.

5- Reconocer y poner en valor las trayectorias de los estudiantes en las Unidades Académicas y Sedes Centrales que comparten edificio, identificando la inserción profesional de los egresados y la calidad de la formación, la importancia que reviste el capital humano formado en los procesos de innovación y desarrollo tecnológico en todo el ámbito de la provincia  y no sólo la existencia o no de edificios escolares propios.

6- Reconocer la trayectoria laboral de los docentes en las instituciones educativas, garantizar la estabilidad laboral y el respeto por la continuidad de las trayectorias educativas de los estudiantes respetando su derecho a una educación superior pública, gratuita y de calidad.

 

4 de abril de 2018. Boletin, Noticias
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